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6. Encrucijadas históricas de la doctrina medieval

sobre el matrimonio

Comentarios a la propuesta del Cardenal

Walter Brandmüller

Presidente emérito del Comité Pontificio de Ciencias Históricas

 

 

A partir del siglo IV efrentó la labor misionera de la Iglesia los desafíos de los pueblos celtas y germanos, quienes en sus costumbres y formas de vida desconocían la unidad e indisolubilidad del matrimonio. Para examinar estos desafíos fueron convocados varios concilios, por ejemplo en Cartago en el año 407, en Angers en el año 453, en Vannes en el año 465, en Agde en el año 506, en Orléans en el año 533, en Verberie y Compiègne en el año 757. Hasta el 1140 formuló el Decetum Gratiani la expresión definitiva del principio jurídico de unidad e indisolubilidad del matrimonio. Siglos antes en los años 860-869 la disciplina de la Iglesia fue desafiada por la encrucijada histórica del conflicto entre el rey Lothar II y el Papa Nicolás I a causa del matrimonio con Theutberga. Según el Card. Brandmüller se deja situar históricamente este conflicto en el siguiente marco:

 

»El desmoronamiento del imperio de Carlo Magno en Occidente y el cisma entre el Patriarca Focio de Constantinopla y Roma caracterizan el contexto político-eclesial, en el cual está situado aquel conflicto, el que conmocionó imperio e Iglesia entre los años 855 y 869«.1

 

6.1 Lothar II contra Nicolás I

 

La pregunta crucial sobre sobre este caso fue formulada de la siguiente manera: ¿Le es permitido a Lothar separarse de su esposa legítima Theutberga, quien era estéril, para desposar a su concubina Waldrada, con quien Lothar ya había procreado hijos? Por no haber entregado la dote, Waldrada era considerada sólo como amante de Lothar según las costumbres germanas de aquella época y por ello su relación con Lothar no era un auténtico matrimonio, sino tan sólo de un matrimonio indotado. Para este caso valía el principio porfumulado por Benedictus Levita: »Nullum sine dote fiat coniugium nec sine publicis nuptiis quisquam nubere praesumat«, es decir »El matrimonio sin dote es nulo y nadie puede presumirlo sin boda pública«. Con Paul Mikat y Werner Ogris comparte Card. Brandmüller la misma opinión válida para aquel contexto histórico, según la cual la existencia de un matrimono sin dote y sin boda pública en el ámbito germánico (y además probablemente también en el indogermánico) puede ser puesta en duda.2

 

Bajo estas circunstancias era decisivo, probar en el caso de Lothar, si él había contraído un matrimonio »secundum legem et ritum« con Theutberga, es decir »de acuerdo con la ley y el rito«. En consecuencia insistió el Papa Nicolás I en la dote y en la bendición públicas con las siguientes palabras: »Mostradnos lo más pronto posible, si el rey ha desposado a Waldrada ante testigos de la dote entregada de acuerdo con la ley y el rito y si Waldrada le [a él] fue entregada públicamente en matrimonio«. Con este fin ordenó Nicolás I una investigación precisa mediante el Concilio de Metz en el año 863. En caso de no haber cumplido las formalidades arriba indicadas, Lothar debía abadonar a Waldrada y reconocer a Theutberga como su verdadera esposa y debía obdecer el mandamiento de Dios, no la seducción de la carne.

 

Si bien carecemos de fuentes, que testifiquen el reconocimiento eclesial del matrimonio de Lothar con Waldrada, la Iglesia no objetó tras la separación de ambos en absoluto el matrimonio de Lothar con Theutberga. Ciertamente le fue difícil a la Iglesia, imponer su concepción de matromonio a los pueblos germanos basada en el principio fundamental de indisolubilidad y monogamia. Entre tanto envió el Papa cartas a varios obispos, para animarles a influir en Lothar, para que él tomara el camino correcto. A fines del año 863 escribió el Papa a Lothar: »Así eres tú el timón de tu pueblo y la causa de ruina para muchos«.

 

Después de estas y otras exhortaciones, la última del 13 de junio del año 866, fueron excomulgados tanto Lothar como también Waldrada. Dado que Lothar durante su vida no arregló su asunto, el Papa no cambió su postura. A la luz de ello deduce Brandmüller que la decisión del Papa Nicolás I es consistente y sigue el curso tanto de la tradición del Derecho Canónico como también de la fe en la unidad e indisolubilidad sacramental del matrimonio.3 Y agrega lo siguiente:

 

»Si contemplamos las etapas del mencionado proceso, entonces llama la atención, que no hubo duda alguna en efecto en lo fundamental teológico, pero probablemente notables inseguridades en la aplicación de la doctrina cristiana sobre el matrimonio a casos concretos[...]. De hecho nos encontramos en este proceso de »inculturación« del Evangelio incluso con obispos individuales, e incluso concilios, los que creyeron, poder disolver matrimonios y permitir nuevas nupcias«.4

 

Estas últimas líneas parecen estar dedicadas a Walter Kasper, aunque en ese caso la alusión indirecta es errónea. En ningún caso ha creído Kasper, en que un obispo pueda disolver matrimonios y permitir nuevas nupcias. Su anhelo era posibilitar procesos más breves para la declaración de nulidad. A ello ha correspondido el Papa Francisco con el el Motu Proprio Mitis Iudex Dominus Iesus, cuyo contenido enfatiza el oficio del Obispo como juez, ofrece un signo de la conversión de las estructuras eclesiales y establece procesos más breves para resolver los casos de nulidad más evidente.

 

Después del conflicto entre Lothar II y Nicolás I menciona Brandmüller brevemente otras encrucijadas, a saber la superación de las inseguridades de la praxis eclesial con ayuda de la Concordantia discordantium canonum de Gratiano cerca del año 1140, la mención del matrimonio como sacramento en el concilio de Verona del año 1184, después su consolidación  en el II. Concilio ecuménico de Lyon en el año 1274 y la defensa del matrimonio como sacramento por el Papa Juan XXII. En el año 1439 desarrolla aún más el Concilio ecuménico de Florencia el tema de la indisolubilidad del vínculo matrimonial y considera a raíz de ello las nuevas nupcias como sacrilegio nefasto. Y finalmente cita Brandmüller un texto del Concilio de Trento contra la poliginia, cuyo trasfondo histórico es el conflicto con el rey Heinrich VIII de Inglaterra y con Luther.

 

Aparte de ello ilustra Brandmüller la defensa de la doctrina de la Iglesia sobre la unidad e indisolubilidad del matrimonio con la fidelidad de los santos al Evangelio. Por ejemplo: la crítica de Juan el Baustista a Herodes, el testimonio de los monjes itinerantes Kilian, Kolonat y Totnan, la oposición de Korbinian a la vida conyugal de Grimoald con Pilitrud y la decisión de Clemente VII contra el matrimonio de Heinrich VIII con Anne Boleyn. Al respecto escribe Brandmüller lo siguiente: 

 

»No obstante las duras presiones políticas y el peligro de la separación de Inglaterra de la Iglesia católica se aferró él [Clemente VII] a la validez y con ello a la indisolubilidad del matrimonio de Heinrich con Catalina. [...] Fue un momento glorioso en la historia del papado, cuando Clemente VII a pesar de las consecuencias mantuvo en alto la verdad de la fe contrapuso a las exigencias del rey su celebérrimo:»non possumus««.5

 

En este contexto olvida el Card. Brandmüller el aporte de Rolando Bandinelli, quien al ser elegido como Papa Alejandro III (1159-1181 introdujo la precisión entre „ratum“ y „consummatum“, para zanjar la controversia candente entre los canonistas. Él concilió las posturas de la Escuela de París y de la Escuela de Bologna al respecto con ayuda de la siguiente fórmula: el matrimonio sacramental, el que es contraído y llega a ser además consumado sexualmente, ya no puede ser disuelto por el mismo Papa. El análisis de Brandmüller confirma la sistematización tardía de las formalidades legales de la doctrina cristiana sobre el matrimonio originada a partir de la tradición bíblica de Gn 1,27; 2,24 y de sus ecos neotestamentarios en Mc 10,6-8a; Mt 19,4b-5 y Ef 5,31-32 entre otros. Las complejidades históricas dejan resplandecer el valor de la simplicidad de la voluntad originaria de Dios en la Sagrada Escritura.

 

En el sentido más estricto no exige la enseñanza puramente bíblica la celebración de ritos litúrgicos que ratifiquen el vínculo conyugal entre hombre y mujer, cuya alianza nupcial existe única y exclusivamente por 1) la renuncia a las prioridades anteriores a la unión conyugal, por 2) estar uncido el uno al otro por medio de la lealtad incondicional al cónyuge y por 3) llegar a ser una carne mediante la consumación del vínculo conyugal entendida en un sentido integral. El punto no. 1 quedó subestimado por el enfoque más bien jurídico que bíblico en la disciplina sacramental. La legislación sobre el matrimonio „ratum“ reduce el punto no. 2 a la ratificación válida del matrimonio por la expresión libre del consentimiento conguyal ante quien asiste a los contrayentes para la celebración del sacramento, gracias al cual el hombre es uncido por Dios a su mujer. Y la disciplina actual sobre el matrimonio „consummatum“ limita el punto n. 3 a la consumación sexual del vínculo conyugal.

 

Estos tres pilares del modelo edénico conyugal están cimentados según Gn 2,24 sobre la monogamia –un hombre renuncia a..., es uncido a su mujer y llegan a ser una carne– y sobre la relación heterosexual –un hombre renuncia a... y es uncido a su mujer–. Monogamia y relación heterosexual son en sentido kantiano condiciones de posibilidad universales y necesarias para el vínculo conyugal y son en sentido habermasiano presupuestos de la comunicación o sea pretensiones universales de validez en relación discursiva con dicho vínculo.

 

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1     »Der Zerfall des Reiches Karls des Großen im Westen und das Schisma zwischen dem Patriarchen Photios von Konstantinopel und Rom kennzeichnen den politisch-kirchlichen Kontext, in den jene Auseinandersetzung einzuordnen ist, die Reich und Kirche zwischen 855 und 869 erschüttert«. BRANDMÜLLER, Walter, Ehe zwischen Macht und Recht. Der Ehestreit zwischen Lothar II. und Nikolaus I. Ein Fallbeispiel aus der Geschichte (Sankt-Ulrich, Augsburg 2007), p. 180. La traducción castellana es mía.

2    Cfr. id., »Einheit und Unauflöslichkeit der Ehe: Der Weg vom Frühmittelalter bis zum Tridentinum« en: DODARO, Robert, ed., Remaining in the truth of Christ: Marriage and Communion in the Catholic Church (Ignatius Press, San Francisco 2014), p. 106.

3     Cfr. ibid., p. 109.

4     »Betrachten wir die Etappen des genannten Vorgangs, dann fällt auf, dass es zwar im Grundsätzlichen, Theologischen keine Zweifel gab, wohl aber erhebliche Unsicherheiten in der Anwendung der christlichen Ehelehre auf konkrete Fälle[..]. In der Tat begegnen wir in diesem Prozess der »Inkulturation« des Evangeliums selbst einzelnen Bischöfen, ja Synoden, die geglaubt haben, Ehen auflösen und Wiederverheiratung gestatten zu können«. Ibid., p. 110. La traducción castellana es mía.

5     »Ungeachtet starker politischer Pressionen und der Gefahr der Abspaltung Englands von der katholischen Kirche hielt er an der Gültigkeit und damit an der Unauflölichkeit der Ehe Heinrichs mit Katharina fest. [...] Es war eine Sternstunde in der Geschichte des Papsttums, als Clemens VII. ungeachtet der Folgen die Wahrheit des Glaubens hochhielt und den Forderungen des Königs sein berühmt gewordenes »non possumus« entgegensetzte«. Ibid., p. 115. La traducción castellana es mía.

 

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